jueves, 7 de agosto de 2008

EL CORTE INGLES, CARREFUR, ALCAMPO, MERCADONA ¨TIENEN MIEDO QUE LES ROBEN LAS LATAS DE SARDINAS¨


¿Apocaliptico? ruego me disculpen, creo que se merecen una explicaciòn.


las grandes superficies como el Corte Ingles, Mercadona, Carrefur, Alcampo en estos momentos de crisis no tienen miedo al robo del dinero que esta muy protegido con vigilantes jurados, cajas fuertes antiatraco, camaras de circuito cerrado etc. y con las minimas posibilidades de hacer un atraco, tiene miedo ¨y mucho miedo¨ a los productos suceptibles de robo en tiempos de crisis desde una lata de sardinas, licores, ropa etc. lo que le supondra durante el año 2008/2009 innumerables perdidas por no poder controlar el robo, que en dichas epocas se debordará.



La carta que enviaron dichos distribuidores a los fabricantes decía que los productos susceptibles de robo ¨deberán ser entregados al canal de distribución protegidos con etiquetas de radiofrecuencia¨ a cargo del fabricante.




El envio de esta carta es suficiente para infrigir la normativa de Competencia. La base del acuerdo era exigir la protección de productos con códigos de radio frecuencia para evitar los hurtos a las cuatro empresas más importantes de comercialización.




Lo interesante del caso es que la decisión de los disribuidores fué comunicada a los fabricantes mediante una carta remitida por conducto notarial a un conjunto de empresas fabricantes de productos por su tamaño, costo, valor, estrategico e importante en el hurto constituye un acuerdo . Es decir, es suficiente una carta para que se pueda desprender un acuerdo contrario a la normativa de competencia.




Las FIAB Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas entendia que la decision de las empresas de distribución ¨imponìa a sus suministradores un sistema homogéneo de seguridad, a través de la instalación de etiquetas antihurto en origen¨




El hecho de que cuatro de los mayores grupos de distribución nacional se pongan de acuerdo ante notario para exigir determindas condiciones comerciales a sus proveedores no puede quedar fuera de los acuerdos prohibidos este pacto está diseñado para extender la imposición unilateral de tales empresas a todos los los proveedores de aquellos bienes que por su tamaño o precio fueran supcetibles de ser robados.


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